Estoy cursando la escuela secundaria y fui mamá. ¿Puedo amamantar a mi hijo en la escuela?

Actualizado: agosto, 2026

Sí. Si estás cursando la secundaria y fuiste mamá, tenés derecho a amamantar a tu bebé y a seguir estudiando. La ley protege la continuidad educativa de las estudiantes embarazadas y madres: podés ausentarte de clase para dar el pecho durante la jornada, y la escuela debe facilitarte condiciones adecuadas. 

Ser mamá no puede ser motivo para que suspendas o demores tus estudios. Conocer tus derechos te ayuda a sostener tu escolaridad con tranquilidad.

RESPUESTA RÁPIDA

Sí. Como estudiante que fue mamá, tenés derecho a amamantar a tu bebé y a continuar tu escolaridad. Existe un régimen especial de inasistencias justificadas para estudiantes madres. También tenés derecho a ausentarte para amamantar durante la jornada escolar. La escuela debe facilitarte condiciones adecuadas para hacerlo. La maternidad no debe ser un motivo para que dejes o suspendas tus estudios. Estos derechos rigen tanto en escuelas estatales como privadas. Es importante que comuniques tu situación a la escuela y presentes la documentación que te pidan.

¿Puedo amamantar durante la jornada escolar?

Sí. Tenés derecho a ausentarte de clase para amamantar a tu bebé durante la jornada, y la escuela debe facilitarte las condiciones adecuadas para que puedas hacerlo. Este es un derecho reconocido que forma parte de las medidas que protegen tu maternidad y tu continuidad en la escuela.

La norma establece un tiempo previsto para la lactancia. Los detalles concretos se definen con la escuela al momento de organizar tu cursada.

¿Y si falto por estar con mi bebé?

Existe un régimen especial de inasistencias justificadas no computables para estudiantes embarazadas, madres y para estudiantes en condición de paternidad. Esto significa que, presentando la documentación correspondiente, las ausencias vinculadas con el embarazo, el parto y la maternidad no se cuentan como las inasistencias comunes.

El objetivo de este régimen es que la maternidad no te haga perder la escolaridad. Eso sí: que esas faltas no se computen no significa una aprobación de las materias. Vas a tener que sostener tu cursado y acreditar tus aprendizajes como cualquier estudiante. La escuela debe acompañarte para que puedas hacerlo.

¿Pueden hacerme dejar la escuela o penalizarme por ser mamá?

No. La maternidad nunca puede ser motivo de discriminación ni de exclusión. Nadie puede obligarte a dejar la escuela, a cambiarte de turno o de modalidad, ni penalizarte por ser madre. Tu derecho a estudiar está protegido.

Estos derechos rigen tanto en escuelas estatales como privadas.

Otros derechos que tenés

Además del régimen de inasistencias y del derecho a amamantar, podés solicitar la exención de educación física por embarazo o maternidad, presentando la documentación que corresponda (puede ser certificado médico o partida de nacimiento de tu bebé).

¿Cómo ejerzo estos derechos?

Para que la escuela cumpla con estos derechos, tenés que:

  • Comunicá tu situación al equipo de conducción de la escuela o a tu preceptor o preceptora.
  • Presentá la documentación: el certificado médico de embarazo o de parto, la partida de nacimiento de tu bebé y, para la lactancia, el certificado que se solicite.
  • Pedí que apliquen el régimen especial de inasistencias y que te faciliten las condiciones para amamantar.

    ¿Qué dice la norma?

    • Reglamento Escolar 2026 (Resolución 2796/MEDGC/2024 y modificatorias), Art. 91: establece que los casos de alumnas madres, embarazadas y alumnos en condición de paternidad se rigen por el Régimen Especial de Inasistencias Justificadas no computables (Ley 709, texto consolidado por Ley 6764).
    • Reglamento Escolar 2026, Art. 92: prevé la exención de educación física para alumnas embarazadas o madres.
    • Ley Nacional N° 25.273: crea el Régimen Especial de Inasistencias Justificadas por razones de gravidez e incluye el período de amamantamiento.
    • Leyes Nacionales N° 25.584 y 25.808: prohíben impedir la continuidad de los estudios a estudiantes embarazadas o madres en período de lactancia.
    • Ley Nacional de Educación N° 26.206, Art. 11: establece el principio de no discriminación, también por maternidad.

    Qué podés hacer

    1. Comunicá tu situación a la escuela, ya sea al equipo de conducción o a tu preceptor o preceptora.
    2. Presentá la documentación correspondiente, como el certificado médico de embarazo o parto, la partida de nacimiento de tu bebé y, para la lactancia, el certificado que te soliciten.
    3. Pedí que se aplique el régimen especial de inasistencias justificadas no computables cuando las ausencias estén relacionadas con el embarazo, el parto o la maternidad.
    4. Solicitá las condiciones necesarias para amamantar a tu bebé durante la jornada escolar.
    5. Pedí el acompañamiento del Departamento de Orientación Escolar (DOE) para organizar tu cursada y sostener la continuidad de tus estudios.

    Cuándo consultar y cuándo reclamar

    Podés consultar cuando:

    • tenés dudas sobre cómo aplica el Régimen Especial de Inasistencias Justificadas por embarazo o maternidad;
    • querés saber cómo organizar los tiempos de lactancia con la escuela o qué condiciones deben facilitarte;
    • necesitás orientación sobre la exención de educación física o sobre la documentación a presentar;
    • aparecen otras dudas vinculadas a tus derechos como estudiante embarazada o madre.

    Podés reclamar cuando:

    • la escuela no aplica el Régimen Especial de Inasistencias Justificadas o no reconoce la documentación presentada;
    • no te facilitan las condiciones adecuadas para amamantar durante la jornada escolar;
    • se produce una discriminación o una exclusión vinculada a tu maternidad;
    • aparecen otras situaciones que afectan tu derecho a estudiar, a amamantar o a no ser discriminada.

    Si tenés una duda o una dificultad, primero podés pedir una reunión con la escuela para plantear la situación y buscar una solución. Si no se resuelve, podés dejar el reclamo por escrito y acudir a la Supervisión Escolar en el caso de las escuelas estatales, o a la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP) en el caso de las escuelas privadas y, si la respuesta persiste sin llegar, al Ministerio de Educación de la Ciudad.

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    El Equipo de la Defensoría está disponible para asesorarte.

    ACOMPAÑAMIENTO DE LA DEFENSORÍA

    La Defensoría del Pueblo puede asesorarte sobre tus derechos como estudiante embarazada o madre, sobre la documentación a presentar y sobre los canales para que la escuela aplique el régimen y, cuando un acto u omisión del Estado local afecta tu derecho a estudiar, a amamantar o a no ser discriminada por tu maternidad, intervenir ante los organismos involucrados y canalizar tu reclamo. No aplica el régimen de inasistencias, no acredita materias, no reemplaza a las autoridades de la escuela ni ordena decisiones pedagógicas o institucionales.

    Para que la consulta o reclamo sea más ágil, conviene tener a mano:

    • tu documento;
    • el certificado médico de embarazo o de parto y la partida de nacimiento de tu bebé;
    • el certificado de lactancia, cuando corresponda;
    • copia escrita de los pedidos o respuestas recibidas de la escuela, con fecha.

    ¿Necesitás hacer una consulta o reclamo?
    Podés comunicarte con la Defensoría del Pueblo para recibir orientación o presentar tu reclamo. El trámite es gratuito y no necesitás abogado.

    Otras dudas

    Sí. Tenés derecho a ausentarte para hacerlo, y la escuela debe facilitarte las condiciones adecuadas.

    Existe un régimen especial de inasistencias justificadas. Presentando la documentación, esas ausencias se justifican.

    No. La maternidad no puede ser motivo para que dejes de estudiar.

    Sí. Estos derechos rigen tanto en la escuela estatal como en la privada.

    Podés solicitar la exención por embarazo o maternidad, presentando la documentación correspondiente.

    El certificado médico de embarazo o de parto, la partida de nacimiento de tu bebé y el certificado de lactancia cuando corresponda.

    No. Tenés que sostener tu cursado y acreditar tus aprendizajes. La escuela debe acompañarte para que puedas hacerlo.

    Podés llevar tu planteo a la supervisión escolar o a la DGEGP, y consultar a la Defensoría del Pueblo.

    Normativa aplicable

    A continuación, podés acceder al detalle de la normativa a la que nos referimos para responder esta pregunta:

    Res. 218/MEDGC/2026 — Modificación del Reglamento Escolar
    Res. 218/MEDGC/2026: modifica el Reglamento Escolar de la Ciudad. Refuerza la asistencia en secundaria y suma la planilla de salud para actividad física.
    Ley 25.273 — Régimen de inasistencias para alumnas embarazadas
    Ley 25.273: crea un régimen especial de inasistencias justificadas por embarazo para alumnas, que incluye el período de amamantamiento.
    Ley 25.584 — Prohibición de impedir la escolaridad de alumnas embarazadas
    Ley 25.584: prohíbe en las escuelas del país toda acción que impida el inicio o la continuidad de los estudios de una alumna embarazada.
    Ley 25.808 — Protección de la escolaridad de alumnas embarazadas y madres
    Ley 25.808: amplía la protección de la Ley 25.584 para que el embarazo o la lactancia no impidan la continuidad de los estudios de las alumnas.
    Ley 709 (CABA) — Ley de inasistencias por embarazo y paternidad
    Ley 709 de la Ciudad: régimen especial de inasistencias justificadas y no computables para alumnas embarazadas, alumnas madres y alumnos padres.
    Ley 6.764 (CABA) — Texto consolidado de las leyes de la Ciudad
    Ley 6.764 de la Ciudad: aprueba el texto consolidado de las leyes porteñas (quinta actualización del Digesto Jurídico), con su versión vigente.
    Ley 26.206 — Ley de Educación Nacional
    Ley 26.206 de Educación Nacional: reconoce la educación como derecho, organiza el sistema educativo y fija la escolaridad obligatoria en todo el país.
    Res. 2796/MEDGC/2024 — Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria
    Res. 2796/MEDGC/2024: aprueba el Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria de la Ciudad de Buenos Aires, vigente desde 2025 y modificado en 2026.

    Glosario del artículo

    Inasistencia justificada
    Inasistencia cuyo motivo la familia informa y acredita con la constancia correspondiente, por las causas que prevé el Reglamento Escolar.
    Lactancia
    Alimentación del bebé con leche materna, práctica protegida por la ley que las normas internas de la escuela no pueden impedir ni dificultar.
    DOE (Departamento de Orientación Escolar)
    Equipo de orientación de la escuela secundaria que acompaña a estudiantes y familias y cumple el rol de Referente de Apoyo a la Inclusión.

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