Arancel
A
- Término del glosario
En palabras simples
Es lo que cobra una escuela privada por la educación que brinda, por ejemplo la cuota mensual. La escuela tiene que informarlo con claridad antes de la inscripción. Si recibe aporte del Estado, no puede superar los topes que fija el Gobierno de la Ciudad.
Qué es
El arancel es el conjunto de importes que una escuela de gestión privada informa como parte del servicio educativo, como la matrícula y las cuotas. La escuela debe brindar información clara, detallada y suficiente sobre sus condiciones, según la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) y las reglas de la Ciudad para la educación privada (Ley 2.681).
Cómo se regula
- Las escuelas con aporte estatal deben respetar los aranceles máximos que fija la DGEGP.
- Las actividades extraprogramáticas tienen un esquema propio: requieren autorización de la DGEGP y cada módulo adicional puede cobrarse hasta el equivalente al 20% del arancel programático, con un máximo del 100%.
Qué tener en cuenta
- No corresponde que una escuela cobre un arancel extra o una matrícula doble porque el estudiante tenga un Acompañante para la Inclusión Escolar (AIE).
- Si no entendés un cobro, pedí por escrito el detalle de qué incluye y guardá facturas y comunicaciones.
Si la escuela no responde, podés consultar ante la DGEGP.
- Fuente normativa
Ley 2.681 (CABA) — Ley de matriculación en escuelas privadas.
Ley 24.240 — Ley de Defensa del Consumidor.
Dónde aparece este término
Preguntas del sitio que explican o mencionan «Arancel».
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