Cláusula abusiva

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En palabras simples
Es una condición del contrato con una escuela privada que perjudica a la familia sin justificación. Por ejemplo, un recargo que nadie informó o una multa desproporcionada. La Ley de Defensa del Consumidor dice que esas cláusulas no valen y se pueden cuestionar.

Qué es

Una cláusula abusiva es una condición de un contrato que genera un desequilibrio injustificado en perjuicio de la familia. En la relación con una escuela privada, la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) establece que se tienen por no convenidas las cláusulas que restrinjan derechos de quien contrata o que vuelvan su obligación más gravosa de manera injustificada.

Ejemplos

  • Una multa inesperada o un interés por mora que no fue informado de antemano.
  • Un recargo tan alto que resulta irrazonable.

Qué tener en cuenta

La escuela puede fijar condiciones, como un interés por pago fuera de término, siempre que las haya informado antes y con claridad en el contrato, el reglamento o la documentación arancelaria. No hay un porcentaje máximo único: cada caso se analiza según la información brindada y el recargo aplicado. Si una condición te parece abusiva, pedí explicaciones por escrito y, si hace falta, consultá ante la DGEGP o los organismos de defensa del consumidor.

Ley 24.240 — Ley de Defensa del Consumidor.

Dónde aparece este término

Preguntas del sitio que explican o mencionan «Cláusula abusiva».

¿El colegio me puede cobrar intereses por pagar la cuota fuera de término?

El interés por mora puede existir si fue informado, pero no puede ser sorpresivo ni desmedido.

¿Puedo pedir la devolución de la matrícula si me arrepiento o si consigo vacante en la escuela estatal?

No hay normativa que la regule, así que todo depende de lo que hayas acordado al inscribir y de cómo lo puedas probar.

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