Ley 1.845 (CABA) — Ley de Protección de Datos Personales de la Ciudad

Leyes de la CABA Protección de datos personales Vigente Modificada Derogada
Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires
Sancionada el 24/11/2005
En palabras simples
Es la ley de la Ciudad que garantiza la protección de los datos personales. En la escuela, alcanza a la información del legajo de cada estudiante, incluida la documentación de salud y los datos familiares sensibles, que deben resguardarse con confidencialidad y usarse solo para los fines previstos. Se complementa con la Ley nacional 25.326.

Qué establece esta norma

La Ley 1.845 es la ley de protección de datos personales de la Ciudad. Se complementa con la Ley nacional 25.326.

Cómo se aplica en la escuela

  • La documentación de salud del estudiante se integra al Legajo Único del Estudiante y la escuela debe resguardarla con confidencialidad.
  • La información sobre conflictos familiares es un dato sensible: la escuela debe resguardarla y usarla solo para los fines previstos.

Cuándo te sirve

Tenés derecho a saber qué datos de tu hijo o hija tiene la escuela y para qué los usa. Si notás que se difundieron datos personales o de salud, podés reclamar.

Este es un resumen en lenguaje claro con fines informativos. El texto legal completo y vigente está en el PDF y en la fuente oficial.

Esta norma en las respuestas

Preguntas de la base de conocimiento donde esta norma se cita o se aplica, explicada en lenguaje claro.

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¿Qué documentación médica se pide para iniciar un legajo de inclusión?

La escuela puede pedir informes profesionales, pero hay un límite entre conocer la situación y exigir documentación de más.

¿En caso de familias separadas en conflicto, quién puede retirar al niño de la escuela?

La escuela no dirime el conflicto familiar: actúa según las autorizaciones firmadas a principio de año.

Normativa relacionada

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