¿El colegio privado me puede cobrar por emitir el pase a otra escuela?

Actualizado: agosto, 2026

Si querés cambiar a tu hijo o hija de escuela y el colegio te dice que primero tenés que pagar para que te den el pase, es importante que sepas que la documentación del estudiante no puede quedar retenida por una deuda. La escuela puede reclamar las cuotas impagas por otros medios, pero no puede impedir el cambio de escuela por ese motivo.

RESPUESTA RÁPIDA

No. Un colegio privado no puede cobrar para entregar el pase a otra escuela ni retenerlo por falta de pago. El pase forma parte de la documentación del estudiante. Si la escuela pone trabas, conviene hacer el pedido por escrito y guardar una copia.

Lo más importante: una deuda no impide el pase

Si existen cuotas pendientes, la escuela tiene derecho a reclamar esa deuda. Pero no debe retener la documentación del estudiante. La falta de pago no impide el cambio de escuela.

¿Me pueden cobrar por emitir el pase?

No.

La escuela no puede:

  • exigir un pago para entregar el pase;
  • decir que sin pagar no entrega la documentación;
  • usar el pase para presionar a la familia por una deuda.

Si mencionan un gasto administrativo, conviene pedir una explicación y preguntar si ese importe está relacionado con la entrega del pase.

¿Cómo se hace el pase?

El trámite comienza en la escuela donde el estudiante está cursando.

La familia presenta una constancia de vacante o de aceptación de la nueva escuela.

Con esa información, la escuela de origen prepara la documentación para el traslado.

¿Qué conviene hacer?

1. Pedir el pase de manera formal

Podés hacerlo en la secretaría de la escuela o por los canales que utilice la institución.

Si es posible, dejá el pedido por escrito.

2. Pedir una explicación si te hablan de un pago

Preguntá:

  • qué están cobrando;
  • si ese pago es obligatorio;
  • si la entrega del pase depende de ese pago.

3. Guardar toda la documentación

Conservá:

  • la constancia de vacante;
  • correos electrónicos;
  • mensajes;
  • notas;
  • respuestas de la escuela.

¿Qué no puede hacer la escuela?

La escuela no puede:

  • retener el pase por una deuda;
  • negar la entrega de la documentación;
  • demorar el trámite sin explicación;
  • condicionar el cambio de escuela al pago de cuotas pendientes.

La deuda puede existir, pero eso no impide la entrega del pase.

¿Qué hacer si la escuela no entrega el pase?

Conviene:

  1. volver a pedirlo por escrito;
  2. guardar una copia del pedido;
  3. informar la situación a la nueva escuela;
  4. buscar orientación en la Dirección General de Educación de Gestión Privada, en Supervisión o en la Defensoría.

Es importante actuar rápido si el estudiante ya tiene una vacante en otra escuela.

En una frase

Un colegio privado no puede cobrar para entregar el pase, ni retenerlo por una deuda. El reclamo por cuotas impagas y la entrega de  documentación del estudiante son cuestiones distintas.

Qué podés hacer

  1. Pedí el pase de manera formal. Hacelo en la secretaría o por los canales de la escuela y, si podés, por escrito.
  2. Presentá la constancia de vacante. La entrega la nueva escuela, y con ella se inicia el trámite.
  3. Pedí una explicación si te hablan de un pago. Preguntá qué se cobra y si la entrega del pase depende de ese pago.
  4. Guardá toda la documentación. Conservá la constancia de vacante, los mensajes, las notas y las respuestas de la escuela.
  5. Avisá a la nueva escuela si hay demoras. Puede acompañar el seguimiento del trámite.

Cuándo consultar y cuándo reclamar

Podés consultar cuando:

  • no sabés cómo iniciar el pase ni qué documentación tenés que presentar;
  • la escuela menciona un gasto administrativo y no tenés claro si está relacionado con la entrega del pase;
  • tenés cuotas pendientes y querés saber si eso afecta el cambio de escuela;
  • tenés dudas sobre cualquier otra cuestión vinculada con el pase a otra escuela.

Podés reclamar cuando:

  • se pide un pago para entregar el pase o se condiciona su entrega a una deuda;
  • se retiene la documentación de tu hijo/a;
  • pediste el pase y no obtuviste respuesta, o el trámite se demora sin explicación;
  • se presenta cualquier otra situación en la que la falta del pase pone en riesgo el inicio de clases de tu hijo/a en la nueva escuela.

Primero podés pedir una reunión con la escuela para plantear la situación y buscar una solución. Si no se resuelve, podés dejar el reclamo por escrito ante la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP).

equipo-de-la-defensoría-3
equipo-de-la-defensoría-2
equipo-de-la-defensoria-1
El Equipo de la Defensoría está disponible para asesorarte.

ACOMPAÑAMIENTO DE LA DEFENSORÍA

La Defensoría puede asesorarte sobre cómo pedir el pase, intervenir cuando su entrega se condiciona a un pago o se retiene la documentación de tu hijo/a y reclamar ante la DGEGP para que la situación se resuelva sin afectar su continuidad escolar. No emite el pase, no resuelve las deudas con la escuela y no reemplaza a la escuela en el trámite.

Para que la consulta o reclamo sea más ágil, conviene tener a mano:

  • el nombre de la escuela actual y el de la nueva escuela;
  • la constancia de vacante o de aceptación de la nueva escuela;
  • la copia del pedido de pase y las respuestas de la escuela;
  • los mensajes, correos o notas donde se menciona un pago o una deuda.

¿Necesitás hacer una consulta o reclamo?
Podés comunicarte con la Defensoría del Pueblo para recibir orientación o presentar tu reclamo. El trámite es gratuito y no necesitás abogado.

Otras dudas

No. El pase no está condicionado al pago de ningún importe.

La escuela puede reclamar la deuda, pero no puede retener la documentación del estudiante.

La nueva escuela suele entregar una constancia de vacante o de aceptación. Con ese documento se inicia el trámite.

Pedí una explicación por escrito y preguntá si ese importe está relacionado con la entrega del pase.

Conviene hacer el pedido por escrito, guardar las constancias y buscar orientación.

Sí. La nueva escuela puede acompañar el seguimiento del trámite porque necesita la documentación para completar la inscripción del estudiante.

Normativa aplicable

A continuación, podés acceder al detalle de la normativa a la que nos referimos para responder esta pregunta:

Ley 400 (CABA) — Ley contra la retención de documentación por mora
Ley 400 de la Ciudad: prohíbe a las escuelas privadas retener boletines, certificados, pases y constancias por deudas en el pago de los aranceles.
Res. 218/MEDGC/2026 — Modificación del Reglamento Escolar
Res. 218/MEDGC/2026: modifica el Reglamento Escolar de la Ciudad. Refuerza la asistencia en secundaria y suma la planilla de salud para actividad física.
Res. 2796/MEDGC/2024 — Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria
Res. 2796/MEDGC/2024: aprueba el Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria de la Ciudad de Buenos Aires, vigente desde 2025 y modificado en 2026.

Glosario del artículo

Confirmación de vacante
Etapa posterior a la asignación en la que la familia acepta la vacante y completa la inscripción en la escuela con la documentación.
Pase
Trámite para cambiar a un estudiante de escuela sin cambiar de nivel, acreditado con el certificado de pase de la escuela de origen.

Preguntas relacionadas

¿Qué cubre el seguro escolar en la escuela privada?

El seguro también cubre en la escuela privada, aunque los detalles concretos cambian según la póliza.

¿Qué gastos cubren las «Cuotas Extraprogramáticas»? ¿Son obligatorias?

Cubren actividades adicionales a la propuesta habitual y no siempre son obligatorias: depende de qué incluyan y cómo se informaron.

¿El colegio me puede cobrar intereses por pagar la cuota fuera de término?

El interés por mora puede existir si fue informado, pero no puede ser sorpresivo ni desmedido.

¿Qué hago si no puedo pagar la cuota del colegio?

Hay alternativas antes de que la deuda escale, y también límites a lo que la escuela puede hacer mientras tanto.
Qué correspondeEscuela privada

Calendario de inscripción 2027

Inscripción 2026 para el ciclo lectivo 2027.

  1. Preinscripción

    5 oct al 6 nov 2026
  2. Control documental

    5 oct al 13 nov 2026
  3. Sorteo público

    21 oct 2026
  4. Publicación de asignación de vacantes

    4 dic 2026
  5. Período de reclamos sobre la asignación

    Fecha no publicada

Fechas de referencia, sujetas a confirmación oficial.

Ver calendario completo

Encontrá escuelas públicas cercanas por comuna, nivel y modalidad.

¿Seguís sin respuesta? Hacé una presentación formal, gratis y sin abogado.

Guardalo o compartilo con quien lo necesite.