¿Qué cubre el seguro escolar en la escuela privada?

Actualizado: agosto, 2026

La escuela privada, igual que la estatal, tiene el deber de cuidar a tu hijo o hija y un protocolo obligatorio de actuación si ocurre un accidente. El seguro escolar cubre al estudiante durante las actividades escolares y extracurriculares autorizadas. Los detalles dependen del seguro que contrató cada escuela. Como familia podés pedir esa información.  Acá te contamos cómo funciona.

RESPUESTA RÁPIDA

El seguro escolar cubre al estudiante durante las actividades escolares y extracurriculares autorizadas, también en la escuela privada. Los detalles concretos —qué prestaciones incluye, cómo se activa, qué aseguradora interviene— dependen del seguro que cada escuela tiene contratado. No son todos iguales. Como familia podés pedirlos por escrito. 

Ante un accidente la escuela debe actuar de inmediato:  dar los primeros auxilios, comunicarse enseguida con la familia, llamar al servicio de salud si hace falta y dejar registro en un acta (Reglamento Escolar, Art. 37, y protocolo obligatorio). 

Es importante diferenciar que el  seguro y la responsabilidad de cuidado de la escuela no son lo mismo.

¿Qué cubre el seguro escolar?

Lo que se puede afirmar con certeza es el alcance general: el seguro escolar cubre al estudiante durante las actividades escolares y extracurriculares autorizadas. Es decir, mientras tu hijo o hija está en la escuela o participa de una actividad organizada y autorizada, como una salida didáctica.

Lo que no se puede afirmar de manera general son los detalles: qué prestaciones específicas incluye, qué topes o condiciones tiene, qué aseguradora interviene o cómo se tramita cada caso. Eso no es igual para todas las escuelas privadas, porque cada escuela contrata su propio seguro y acuerda con su aseguradora el procedimiento a seguir.

La forma correcta de conocer los detalles del seguro de tu escuela es pedir esa información directamente a la escuela. Tenés derecho a recibirla. Conviene preguntar qué seguro tiene contratado, qué cubre, en qué situaciones se activa y a quién acudir si ocurre un accidente.

Qué hace la escuela ante un accidente

Más allá del seguro, ante un accidente la escuela tiene un protocolo obligatorio para todas las escuelas de la Ciudad, estatales y privadas (Resolución 1445/MEDGC/2025).

La secuencia es:  

  • atender de inmediato al estudiante y darle los primeros auxilios sin poner en riesgo su integridad; 
  • comunicarse enseguida con la familia o la persona adulta responsable y pedir su presencia; 
  • solicitar la asistencia de un servicio de emergencias médicas cuando corresponde —en la escuela privada, el servicio que tenga contratado—; 
  • dejar todo registrado en un acta. 
  • Si hace falta un traslado, la decisión de derivar a un centro de salud la toma la familia cuando está presente o, si no llegó, el personal médico que intervino. 

En la gestión privada, la escuela además realiza el procedimiento acordado con su aseguradora.

Como familia, tenés derecho a recibir esa comunicación de inmediato y a pedir, por escrito, una copia del acta del accidente y la información del seguro.

El seguro y la responsabilidad de cuidado no son lo mismo

Conviene no confundir dos cosas distintas.

El seguro escolar es una cobertura que se activa ante accidentes. La cobertura en escuelas privadas depende de lo que la escuela haya contratado. 

La responsabilidad de cuidado, en cambio, es el deber de la escuela de cuidar a los estudiantes y de actuar siguiendo el protocolo ante un accidente.

Casos frecuentes

Querés saber qué cubre exactamente el seguro de la escuela de tu hijo. Pedí esa información por escrito a la escuela.

Tu hijo o hija  tuvo un accidente en la escuela. La escuela debe atenderlo o atenderla, avisarte de inmediato, llamar al servicio de emergencias si hace falta y labrar un acta. Podés pedir una copia.

El accidente ocurrió en una salida didáctica autorizada. El seguro cubre al estudiante durante las actividades autorizadas.

Creés que la escuela no siguió el protocolo ante el accidente. Es un tema de cumplimiento del deber de cuidado: podés pedir explicaciones y dejar constancia.

Qué podés hacer

  1. Si querés conocer la cobertura, pedí a la escuela la información del seguro que tiene contratado.
  2. Si ya ocurrió un accidente, pedí a la escuela una copia del acta.
  3. Si entendés que la escuela no actuó conforme al protocolo o no te brinda la información, planteá tu reclamo ante la conducción.
  4. Si no obtenés respuesta, llevá el reclamo a la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP).
  5. Si tampoco se resuelve, presentá el reclamo ante el Ministerio de Educación de la Ciudad. Conservá copia de cada presentación.

Cuándo consultar y cuándo reclamar

Podés consultar cuando:

  • querés conocer qué cubre el seguro que contrató la escuela y cómo se activa ante un accidente;
  • tenés dudas sobre cómo pedir a la escuela la información del seguro;
  • querés saber cómo funciona el protocolo de accidentes y qué le corresponde hacer a la escuela;
  • necesitás entender la diferencia entre el seguro y la responsabilidad de cuidado de la escuela.

Podés reclamar cuando:

  • pediste la información del seguro y la escuela no te la brinda;
  • ocurrió un accidente y no recibiste comunicación inmediata o no te entregan copia del acta;
  • considerás que la escuela no siguió el protocolo obligatorio ante el accidente;
  • la salida didáctica no contaba con la cobertura o la autorización correspondiente.

Ante una situación que requiere un reclamo, podés pedir una reunión con la conducción de la escuela para plantear lo ocurrido y buscar una solución. Si la situación no se resuelve, podés dejar el reclamo por escrito y acudir a la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP) y, si tampoco se resuelve, el Ministerio de Educación de la Ciudad.

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El Equipo de la Defensoría está disponible para asesorarte.

ACOMPAÑAMIENTO DE LA DEFENSORÍA

La Defensoría puede orientarte para entender el alcance general del seguro escolar y el protocolo de accidentes, y acompañarte cuando la escuela no te brinda la información a la que tenés derecho. La Defensoría no liquida seguros, no determina responsabilidades civiles ni reemplaza a la aseguradora, a la escuela o al Ministerio en la resolución del caso.
Para que la consulta o reclamo sea más ágil, conviene tener a mano:

  • los datos de la escuela: nombre, dirección y nivel;
  • la copia del pedido de información del seguro que hiciste por escrito;
  • el acta del accidente, si ya ocurrió, o las comunicaciones que recibiste de la escuela;
  • el detalle de la actividad en la que ocurrió el accidente (fecha, lugar, si fue una salida didáctica autorizada);
  • las presentaciones realizadas ante la DGEGP o el Ministerio y las respuestas obtenidas.

¿Necesitás hacer una consulta o reclamo?
Podés comunicarte con la Defensoría del Pueblo para recibir orientación o presentar tu reclamo. El trámite es gratuito y no necesitás abogado.

Otras dudas

Cubre al estudiante durante las actividades escolares y extracurriculares autorizadas. Los detalles específicos dependen del seguro contratado por cada escuela.

Porque no es igual para todas las escuelas: cada una contrata su propio seguro. La información confiable es la del seguro de tu escuela.

Pedilos por escrito a la escuela. Tenés derecho a recibir esa información, también en la gestión privada.

 Atenderlo, avisarte de inmediato, llamar al servicio de salud si hace falta y registrar el hecho en un acta. Podés pedir una copia del acta.

No se puede afirmar de manera general. Que haya un seguro o que ocurra un accidente no define por sí solo la responsabilidad: cada situación se evalúa según sus circunstancias.

No. La Defensoría no liquida seguros ni determina responsabilidades; orienta y acompaña, sobre todo si no te brindan la información o no se cumple el protocolo.

Normativa aplicable

A continuación, podés acceder al detalle de la normativa a la que nos referimos para responder esta pregunta:

Res. 218/MEDGC/2026 — Modificación del Reglamento Escolar
Res. 218/MEDGC/2026: modifica el Reglamento Escolar de la Ciudad. Refuerza la asistencia en secundaria y suma la planilla de salud para actividad física.
Res. 1445/MEDGC/2025 — Protocolo de accidentes escolares
Res. 1445/MEDGC/2025: protocolo obligatorio en todas las escuelas de prevención, cuidado y actuación ante incidentes o accidentes en actividades educativas.
Res. 2796/MEDGC/2024 — Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria
Res. 2796/MEDGC/2024: aprueba el Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria de la Ciudad de Buenos Aires, vigente desde 2025 y modificado en 2026.

Glosario del artículo

Accidente escolar
Hecho ocurrido durante la actividad educativa que obliga a la escuela a actuar de inmediato, asistir al estudiante y avisar a la familia.
Salida didáctica
Actividad fuera del edificio escolar con finalidad pedagógica, que requiere autorización firmada de la familia.
Seguro escolar
Cobertura de todas las escuelas de la Ciudad que protege a estudiantes y docentes durante las actividades escolares y extracurriculares autorizadas.

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