Educación de gestión privada
- Término del glosario
Qué es
La educación de gestión privada es la que ofrece una institución privada con un proyecto educativo propio, bajo la regulación y el control del Estado. Las escuelas privadas incorporadas a la enseñanza oficial forman parte del sistema educativo de la Ciudad: deben enseñar los contenidos establecidos por el Estado y aplicar la normativa educativa general, incluidas las obligaciones de inclusión.
Cómo se regula
- La supervisa el Ministerio de Educación de la Ciudad a través de la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP), que es autoridad de aplicación y de reclamo.
- Pueden ser confesionales o no confesionales; la Ley de Educación Nacional (Ley 26.206) reconoce ambas.
- Algunas reciben aporte estatal para los salarios docentes y deben respetar aranceles máximos.
Qué tener en cuenta
El ideario institucional y el contrato educativo no pueden usarse para vulnerar derechos. Las escuelas privadas no pueden negar la matriculación sin causa objetiva y fundada (Ley 2.681). Si un reclamo no se resuelve en la escuela, se lleva a la DGEGP.
- Fuente normativa
Ley 2.681 (CABA) — Ley de matriculación en escuelas privadas.
Ley 26.206 — Ley de Educación Nacional.
Dec. 2.417/1993 — Normas sobre aranceles en escuelas privadas.
Disp. 347/DGEGP/2025 — Aranceles máximos 2026 en escuelas con aporte estatal.
Dónde aparece este término
Preguntas del sitio que explican o mencionan «Educación de gestión privada».
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