Rematriculación
R
- Término del glosario
En palabras simples
Es renovar la inscripción de tu hijo o hija en la misma escuela para el año siguiente. En las escuelas privadas, la escuela no puede negarla sin una causa fundada, y si no va a renovar la vacante tiene que avisarte antes del 31 de octubre.
Qué es
La rematriculación es la renovación de la inscripción del estudiante en la misma escuela para el ciclo lectivo siguiente. En la gestión privada está regulada por la Ley 2.681, modificada por la Ley 6.872, y su reglamentación.
Qué dice la normativa en las escuelas privadas
- La escuela no puede negar la rematriculación sin causa objetiva y fundada.
- Si no va a renovar la vacante, debe notificarlo en tiempo y forma: antes del 31 de octubre del año en curso.
- Una deuda de cuotas no permite a la escuela sacar a un estudiante durante el ciclo lectivo.
Qué tener en cuenta
- Algunas escuelas piden una reserva de vacante a mitad de año; puede cobrarse si fue informada en las condiciones de admisión, pero no pagarla en ese momento no debería hacer perder automáticamente el lugar.
- Si tenés dificultades para pagar, hablá cuanto antes con la administración y pedí una alternativa.
- Fuente normativa
Ley 2.681 (CABA) — Ley de matriculación en escuelas privadas.
Ley 6.872 (CABA) — Ley del Registro Público de Vacantes.
Dec. 107/2011 — Reglamentación de la Ley 2.681.
Dec. 171/2011 — Modificación de la reglamentación de la Ley 2.681.
Dónde aparece este término
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