Protocolo integral de bullying
- Término del glosario
Qué es
El Protocolo Integral para la Prevención, Detección, Intervención y Seguimiento de Situaciones de Bullying o Acoso Escolar entre pares es el procedimiento aprobado por la Resolución 1473/MEDGC/2025. Es de cumplimiento obligatorio en todas las escuelas de la Ciudad, estatales y privadas: la escuela no puede desentenderse de una situación de acoso entre estudiantes.
Qué establece
- Ordena la actuación en cuatro etapas: prevención, detección, intervención y seguimiento.
- Abarca expresamente el ciberacoso, aunque ocurra fuera del horario escolar, e incluye una guía específica.
- Se complementa con el Acuerdo Institucional de Convivencia, que debe incorporar la prevención del acoso escolar (Ley 5.738).
Qué tener en cuenta
Si tu hijo o hija sufre acoso, podés pedir por escrito que la escuela active el protocolo. Si no lo hace, el reclamo sigue en la Supervisión Escolar o la DGEGP.
- Fuente normativa
Ley 5.738 (CABA) — Ley contra el acoso escolar.
Res. 1473/MEDGC/2025 — Protocolo Integral de Bullying.
Disp. 1/DGEGE/2024 — Protocolo de violencia digital.
Dónde aparece este término
Preguntas del sitio que explican o mencionan «Protocolo integral de bullying».
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