Si mi hijo me relata situaciones de acoso escolar ¿Qué puedo hacer? ¿Cómo me puede ayudar la escuela? ¿Tengo que pedir el cambio de escuela?

Actualizado: agosto, 2026

Sí, podés pedir un cambio de escuela. Pero es importante saber que no es la primera respuesta  ni la única salida. Ante una situación de acoso, la escuela está obligada a intervenir. Cambiar de escuela a quien lo sufre no debería ser la primera opción, aunque tampoco descartarse. 

Si ya planteaste la situación y no se alivia, es importante que converses con la escuela y conozcas las acciones del protocolo y los resultados que fueron obteniendo. El cambio de escuela es una opción posible, sobre todo si tu hijo o hija lo desea, pero no es  la primera decisión a tomar. 

Conocer este orden te ayuda a proteger a tu hijo o hija.

RESPUESTA RÁPIDA

Sí, podés pedir un cambio de escuela. Sin embargo, no es la primera respuesta, ni necesariamente la mejor. Cuando un estudiante sufre acoso la escuela está obligada a activar el protocolo, intervenir y hacer un seguimiento.

 Antes de pensar en el cambio de escuela, es conveniente conversar con la dirección sobre el protocolo, qué acciones se activaron y qué resultados van obteniendo. También hablar con tu hijo o hija y preguntarle qué desea. 

El cambio de escuela es una opción posible, que la familia puede evaluar y decidir. El trámite concreto de la nueva vacante y el pase se tramita por el circuito de inscripción de la Ciudad.

¿Puedo pedir el cambio de escuela?

Sí. Como familia, podés evaluar y pedir un cambio de escuela si considerás que es lo mejor para tu hijo o hija. Es una decisión legítima y, en algunos casos, puede ser parte de la solución.

Que tu hijo o hija sufra acoso no significa que deba irse de la escuela. La obligación de la escuela es proteger a quien sufre el acoso e intervenir sobre la situación. 

Por eso  el cambio de escuela no es la primera respuesta, aunque tampoco se descarta.

Primero: que la escuela active y sostenga el protocolo

Ante el acoso escolar, la escuela está obligada a actuar. Aplica un protocolo con etapas de prevención, detección, intervención y seguimiento, obligatorio en todas las escuelas, estatales y privadas. Si ya planteaste la situación y no se alivia, acercate a  la escuela, consultá sobre las acciones que iniciaron y si ven resultados. 

Conviene dejar constancia escrita de lo que pediste y de la respuesta que recibiste. Si la escuela no dio respuesta, podés continuar el reclamo en la supervisión escolar (si la escuela es estatal) o la DGEGP (si la escuela es privada).

¿Cuándo puede tener sentido el cambio de escuela?

El cambio de escuela puede ser una opción a evaluar cuando, pese a la intervención de la escuela, la situación no mejora y tu hijo o hija sigue muy afectado o sufre. En ese caso, es una decisión que tomás vos, como familia, valorando lo que sea mejor para su bienestar y su continuidad escolar.

Lo importante es que el cambio sea una opción más, evaluada con cuidado, y no que se presente como la única salida.

¿Cómo se hace el trámite de cambio de escuela?

Si tu hijo o hija ya está matriculado en una escuela estatal de la Ciudad y querés cambiarlo a otra escuela del mismo nivel, tenés que tramitar un pase de escuela. El pase puede realizarse siempre que haya vacante disponible en la escuela de destino y se cumplan los requisitos correspondientes.

  • Consultá la disponibilidad de vacante en la escuela a la que querés realizar el cambio.
  • Solicitá el pase en la escuela de origen. La escuela debe entregar el certificado de pase dentro de las 48 horas y el certificado analítico dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles. No puede exigir una constancia de vacante de otra escuela como condición para entregar esta documentación.
  • Presentá la documentación requerida para completar la inscripción en la nueva escuela.
  • Si se trata de nivel secundario y el pase es hacia una escuela de gestión estatal, el trámite de movilidad se realiza de manera digital a través de BA Colaborativa / Ventanilla Única de Educación.

Si el cambio se solicita por una situación de acoso escolar, también podés pedir orientación y acompañamiento a la Supervisión Escolar, si se trata de una escuela estatal, o a la DGEGP, si es una escuela privada.

Algo importante: nadie queda sin escuela

Pase lo que pase, ninguna situación puede dejar a un o una  estudiante fuera del sistema educativo. Si un o una estudiante deja una escuela, el Estado debe garantizar su continuidad en otra. La continuidad educativa de tu hijo o hija está protegida.

¿Qué dice la norma?

  • Resolución 1473/MEDGC/2025: protocolo integral de bullying/acoso escolar, obligatorio en escuelas estatales y privadas, que la escuela debe activar, sostener y hacer seguimiento.
  • Ley 223 (CABA), Art. 12 (texto consolidado por Ley 6764): cuando un estudiante es separado de una escuela, el Gobierno de la Ciudad debe garantizar su continuidad educativa en otra.
  • Reglamento Escolar 2026 (Resolución 2796/MEDGC/2024 y modificatorias), Arts. 46 a 49 (clima escolar), Arts. 58 y 59 (criterios de sanción y acciones reparatorias) y Art. 131 inc. 7 (informe y garantía de inscripción ante el pase).
  • Ley 5738 (CABA): dispone que las escuelas incorporen la prevención del acoso escolar en sus Acuerdos Institucionales de Convivencia.

Qué podés hacer

  1. Comunicate con la escuela y pedí información sobre las acciones que se implementaron ante el acoso y los resultados obtenidos.
  2. Solicitá que se sostenga el protocolo y el seguimiento mientras la situación continúe.
  3. Dejá constancia por escrito de tus pedidos y de las respuestas recibidas, con fecha, y conservá una copia.
  4. Continuá el reclamo si la situación no mejora o la escuela no responde: ante la Supervisión Escolar, si es estatal, o ante la DGEGP, si es privada.
  5. Evaluá junto con tu hijo o hija el cambio de escuela si, pese a las intervenciones, la situación continúa y consideran que es la mejor alternativa.
  6. Solicitá el pase y la documentación escolar en la escuela de origen. El Reglamento Escolar establece que el certificado de pase debe entregarse dentro de las 48 horas; en secundaria, el certificado analítico debe acompañarse dentro de un máximo de cinco días hábiles.

Cuándo consultar y cuándo reclamar

Podés consultar cuando:

  • necesitás entender tus opciones cuando la situación de acoso no se alivia pese a lo planteado a la escuela;
  • querés saber cómo pedir a la escuela que sostenga el protocolo y qué información puede darte sobre las acciones y sus resultados;
  • tenés dudas sobre cómo se articula un eventual cambio de escuela con el circuito de inscripción de la Ciudad y con el derecho a la continuidad educativa;
  • aparecen otras dudas vinculadas al acompañamiento de tu hijo o hija en una situación de acoso.

Podés reclamar cuando:

  • la escuela no activa o no sostiene el protocolo después de tu pedido;
  • no obtenés información sobre las acciones que la escuela lleva adelante ni sobre sus resultados;
  • se plantea el cambio de escuela como la única salida sin que la escuela haya intervenido previamente;
  • se afecta el derecho de tu hijo o hija a estudiar en un entorno seguro o a la continuidad educativa por un acto u omisión del Estado local.

Si tenés una duda o una dificultad, primero podés pedir una reunión con la escuela para plantear la situación y consultar sobre las acciones del protocolo y sus resultados. Si no se resuelve, podés dejar el reclamo por escrito y acudir a la Supervisión Escolar en el caso de las escuelas estatales, o a la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP) en el caso de las escuelas privadas y, si la respuesta persiste sin llegar, al Ministerio de Educación de la Ciudad.

equipo-de-la-defensoría-3
equipo-de-la-defensoría-2
equipo-de-la-defensoria-1
El Equipo de la Defensoría está disponible para asesorarte.

ACOMPAÑAMIENTO DE LA DEFENSORÍA

La Defensoría del Pueblo puede asesorarte sobre cómo pedir a la escuela que sostenga el protocolo, sobre las opciones disponibles cuando la situación no se alivia y sobre el derecho a la continuidad educativa, y, cuando un acto u omisión del Estado local afecta el derecho de tu hijo o hija a estudiar en un entorno seguro, intervenir ante los organismos involucrados y canalizar tu reclamo. No asigna vacantes, no ordena cambios de escuela, no aplica el protocolo, no reemplaza al circuito de inscripción de la Ciudad ni al sistema de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes (CDNNyA).

Para que la consulta o reclamo sea más ágil, conviene tener a mano:

  • tu documento y el de tu hijo o hija;
  • el nombre y la dirección de la escuela;
  • el registro escrito de la situación de acoso y de las acciones informadas por la escuela;
  • copia escrita de los pedidos realizados a la escuela y a la Supervisión Escolar o a la DGEGP, y de las respuestas recibidas, con fecha.

¿Necesitás hacer una consulta o reclamo?
Podés comunicarte con la Defensoría del Pueblo para recibir orientación o presentar tu reclamo. El trámite es gratuito y no necesitás abogado.

Otras dudas

Sí. Es una opción posible que la familia puede evaluar, aunque no es la primera respuesta.

Porque la escuela está obligada a intervenir y proteger a quien sufre el acoso. Que se vaya la persona afectada no debería ser la primera opción.

Asegurate de que la escuela activó y sostuvo el protocolo, dejá constancia escrita y, si no hay respuesta, continuá el reclamo en la supervisión o la DGEGP.

Si decidís cambiar a tu hijo o hija de escuela, comunicate primero con la escuela de origen para solicitar el pase y la documentación correspondiente.

No. La continuidad educativa está garantizada: ninguna situación puede dejarlo fuera del sistema.

No. Orienta, acompaña y evalúa, pero no asigna vacantes ni ordena cambios

Normativa aplicable

A continuación, podés acceder al detalle de la normativa a la que nos referimos para responder esta pregunta:

Res. 218/MEDGC/2026 — Modificación del Reglamento Escolar
Res. 218/MEDGC/2026: modifica el Reglamento Escolar de la Ciudad. Refuerza la asistencia en secundaria y suma la planilla de salud para actividad física.
Ley 5.738 (CABA) — Ley contra el acoso escolar
Ley 5.738 de la Ciudad: ordena prevenir y erradicar el acoso escolar e incorporar su prevención a los acuerdos de convivencia de cada escuela.
Res. 1473/MEDGC/2025 — Protocolo Integral de Bullying
Res. 1473/MEDGC/2025: aprueba el Protocolo Integral de Bullying, obligatorio en escuelas estatales y privadas, con cuatro etapas de actuación.
Ley 6.764 (CABA) — Texto consolidado de las leyes de la Ciudad
Ley 6.764 de la Ciudad: aprueba el texto consolidado de las leyes porteñas (quinta actualización del Digesto Jurídico), con su versión vigente.
Ley 223 (CABA) — Ley de Convivencia Escolar
Ley 223 de la Ciudad: crea el Sistema Escolar de Convivencia en las escuelas secundarias y prohíbe sanciones que impliquen la expulsión definitiva.
Res. 2796/MEDGC/2024 — Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria
Res. 2796/MEDGC/2024: aprueba el Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria de la Ciudad de Buenos Aires, vigente desde 2025 y modificado en 2026.

Glosario del artículo

Protocolo integral de bullying
Procedimiento obligatorio aprobado por la Resolución 1473/MEDGC/2025 para prevenir, detectar, intervenir y dar seguimiento a situaciones de acoso escolar entre pares.
Acoso escolar (bullying)
Violencia intencional y sostenida en el tiempo entre estudiantes, dentro de una relación desigual de poder, que las escuelas deben abordar con un protocolo obligatorio.
Pase
Trámite para cambiar a un estudiante de escuela sin cambiar de nivel, acreditado con el certificado de pase de la escuela de origen.
Continuidad educativa
Derecho del estudiante a sostener su escolaridad con los acompañamientos necesarios; si deja una escuela, el Estado debe garantizar su continuidad en otra.

Preguntas relacionadas

¿Qué hago si mi hijo tiene miedo de ir a la escuela?

El miedo a la escuela puede tener causas muy distintas, y el primer paso no es forzar la asistencia.

¿A quién recurrir si planteo un problema en la escuela y no me quedo conforme con su respuesta, o necesito ampliar información y opciones?

Hay una escalera de instancias que conviene recorrer en orden, empezando por formalizar el pedido por escrito.

¿Qué debo hacer como familia en casos en que mi hijo me relata situaciones de violencia?

Hay pasos concretos para acompañar el relato de tu hijo sin que la situación se diluya en la escuela.

¿Qué tiene que hacer la escuela en situaciones de bullying?

La escuela está obligada a actuar con un protocolo de cuatro etapas, y conocerlas permite ver si lo está aplicando.
Qué hacer si no se cumple

Calendario de inscripción 2027

Inscripción 2026 para el ciclo lectivo 2027.

  1. Preinscripción

    5 oct al 6 nov 2026
  2. Control documental

    5 oct al 13 nov 2026
  3. Sorteo público

    21 oct 2026
  4. Publicación de asignación de vacantes

    4 dic 2026
  5. Período de reclamos sobre la asignación

    Fecha no publicada

Fechas de referencia, sujetas a confirmación oficial.

Ver calendario completo

Encontrá escuelas públicas cercanas por comuna, nivel y modalidad.

¿Seguís sin respuesta? Hacé una presentación formal, gratis y sin abogado.

Guardalo o compartilo con quien lo necesite.