Durante campamentos o viajes escolares, ¿quién aplica medicamentos o brinda cuidados especiales a mi hijo/a?

Actualizado: agosto, 2026

Cuando se acerca un campamento o un viaje escolar y tu hijo o hija necesita medicación o cuidados especiales, surge una preocupación: si la familia no va a estar, ¿quién se va a encargar de darle el medicamento? Este artículo te explica cómo se organiza esto en la Ciudad de Buenos Aires. La asistencia y respuestas a las necesidades de tu hijo o hija se  planifican antes de la salida, de manera que tu hijo o hija pueda participar plenamente de la actividad. 

RESPUESTA RÁPIDA

Los medicamentos y los cuidados especiales que tu hijo o hija  necesite durante un campamento o viaje escolar deben planificarse antes de la salida. Los docentes no están autorizados a suministrar medicación, esa tarea la debe realizar la familia o una persona expresamente designada a tal fin, acompañando la prescripción médica.

Por eso conviene acordar con anticipación quién y cómo  administra el medicamento,  qué cuidados se necesitan y qué se hace ante una emergencia. Una necesidad de medicación o cuidado  tiene que planificarse para que tu hijo o hija  pueda participar plenamente de la actividad. 

Qué dice la norma y cómo se organiza

Un campamento o un viaje de estudio es una actividad de la escuela y como tal, se organiza con anticipación.  El Reglamento Escolar 2026 prevé que la escuela organiza estas salidas con directivos y docentes y por supuesto siempre con autorización de las familias. El momento previo, de planificación, es el momento para plantear las necesidades de tu hijo o hija y organizar los cuidados de salud que necesite. 

Ver también: En salidas escolares o excursiones, ¿cómo se organiza el transporte y quién lo cubre?

En cuanto a la medicación la normativa es la misma que durante la jornada escolar. La escuela no puede administrar medicamentos al niño o niña. Esa tarea la realiza la familia o una persona expresamente designada a tal fin, con la constancia de la prescripción médica. Por lo tanto, es necesario definir antes de la salida quién será la persona designada para conservar y  administrar el medicamento.

Ver también: Mi hijo/a tiene una enfermedad crónica y debe tomar remedios en horario escolar, ¿quién se los puede suministrar? ¿Puedo autorizar a la escuela a que le dé el medicamento?

Los cuidados especiales se organizan de acuerdo a la normativa y es importante prever la organización de los apoyos para el viaje con anticipación. Si tu hijo o hija cuenta con apoyos, un AIE (Acompañante para la Inclusión Escolar) o un ACDM (Asistente Celador para Alumnos con Discapacidad Motora), su participación en la salida debe contemplarse y organizarse. Las salidas son actividades escolares y los apoyos acompañan esas actividades.

Si hubiera una emergencia durante el viaje, se llama al  servicio de emergencia – el SAME (Servicio de Asistencia Médica de Emergencias) – o el servicio que corresponda, y se comunica de inmediato con la familia. 

Hay algo importante que tenés que saber: si tu hijo o hija  necesita medicación o cuidados, plantealos en la escuela para analizar la organización y los apoyos que necesite para participar de manera plena del viaje. 

Qué podés hacer

  1. Avisá con anticipación. Apenas se anuncia el viaje, informá a la escuela qué medicación o cuidados necesita tu hijo o hija.
  2. Aportá una prescripción médica detallada. Que indique medicamento, dosis, horario, vía, conservación y qué hacer ante una reacción.
  3. Acordá quién administra y cómo. Definí con la escuela la persona designada para el suministro y la forma de hacerlo, y dejalo  por escrito.
  4. Planificá los cuidados y la emergencia. Acordá el plan de cuidados especiales, los contactos y el circuito ante una urgencia.
  5. Planteá los apoyos. Si tu hijo o hija tiene AIE o ACDM, pedí que se contemple su participación en la salida.

Cuándo consultar y cuándo reclamar

Podés consultar cuando:

  • se anuncia un campamento o viaje escolar y no sabés cómo organizar la medicación o los cuidados que necesita tu hijo o hija;
  • tenés dudas sobre quién puede administrar el medicamento durante la salida y cómo dejar designada a esa persona por escrito;
  • querés saber cómo se contempla la participación del AIE (Acompañante para la Inclusión Escolar) o del ACDM (Asistente Celador para Alumnos con Discapacidad Motora) en el viaje;
  • tenés cualquier otra duda sobre la participación de tu hijo o hija en salidas escolares con necesidades de salud o de cuidado.

Podés reclamar cuando:

  • te dicen que tu hijo o hija no puede participar del campamento o viaje porque necesita medicación o cuidados especiales;
  • planteaste la necesidad con anticipación y no se organiza ninguna respuesta para que pueda participar;
  • no se contempla la participación de los apoyos que tu hijo o hija ya tiene ni se buscan alternativas;
  • no queda previsto el circuito ante una emergencia, o aparece cualquier otra situación que afecte su derecho a participar de la salida.

Antes de reclamar, podés pedir una reunión con la conducción de la escuela y con los docentes que van a acompañar el viaje, para plantear la situación y acordar cómo se organiza el cuidado. Si no se resuelve, podés dejar el pedido por escrito y llevarlo a la Supervisión Escolar en las escuelas estatales, o a la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP) en las escuelas privadas.

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El Equipo de la Defensoría está disponible para asesorarte.

ACOMPAÑAMIENTO DE LA DEFENSORÍA

La Defensoría del Pueblo puede asesorarte sobre cómo dejar acordada antes de la salida la medicación, los cuidados y los apoyos que tu hijo o hija necesita, intervenir ante la escuela y las áreas educativas cuando se lo excluye de un campamento o viaje por esa necesidad o cuando no se organiza una respuesta, respaldar tu reclamo y, si advierte una vulneración del derecho a participar, recomendar al Gobierno de la Ciudad que adopte medidas. No prescribe ni administra medicación, no organiza el viaje, no provee el personal, no reemplaza al equipo de salud ni a la escuela, y no garantiza un resultado determinado.

Para que la consulta o reclamo sea más ágil, conviene tener a mano:

  • la prescripción médica con el medicamento, la dosis, el horario, la vía, la conservación y la conducta ante una reacción;
  • el plan de cuidados acordado y el acuerdo escrito sobre quién administra el medicamento durante la salida;
  • la autorización del viaje y las comunicaciones que tuviste con la escuela;
  • el CUD (Certificado Único de Discapacidad) de tu hijo o hija, si corresponde.

¿Necesitás hacer una consulta o reclamo? Podés comunicarte con la Defensoría del Pueblo para recibir orientación o presentar tu reclamo. El trámite es gratuito y no necesitás abogado.

Otras dudas

La familia o una persona expresamente designada a tal fin, acompañando la prescripción médica. Se define antes de la salida.

No. La escuela junto con la familia debe analizar alternativas y organizar los apoyos. La necesidad de cuidado no es motivo para que tu hijo o hija  no participe de la actividad. 

La prescripción médica detallada (medicamento, dosis, horario, vía, conservación y qué hacer ante una reacción) y el acuerdo escrito sobre quién administra y cómo.

Se activa el servicio de emergencia (el SAME o el que corresponda según el lugar) y se avisa de inmediato a la familia.

Su participación en la salida debe contemplarse. Si no pudieran participar quienes cumplen esas funciones, es importante buscar otras personas que las puedan cumplir. 

Depende del caso. Para el suministro de medicación no es requisito; para ciertos apoyos vinculados a la discapacidad puede serlo.

Normativa aplicable

A continuación, podés acceder al detalle de la normativa a la que nos referimos para responder esta pregunta:

Res. 2796/MEDGC/2024 — Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria
Res. 2796/MEDGC/2024: aprueba el Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria de la Ciudad de Buenos Aires, vigente desde 2025 y modificado en 2026.

Glosario del artículo

Jornada escolar
Tiempo diario de actividades educativas de participación obligatoria, que según el Reglamento Escolar puede ser simple, extendida o completa.
ACDM (Asistente Celador para Alumnos con Discapacidad Motora)
Figura del sistema educativo que asiste en la movilidad, el desplazamiento, la higiene y la alimentación de estudiantes con discapacidad motora.
Salida didáctica
Actividad fuera del edificio escolar con finalidad pedagógica, que requiere autorización firmada de la familia.
SAME (Servicio de Asistencia Médica de Emergencias)
Servicio de emergencias médicas del Gobierno de la Ciudad que las escuelas estatales activan ante un accidente o una emergencia de salud de un estudiante.
CUD (Certificado Único de Discapacidad)
Documento público de validez nacional, otorgado por una Junta Evaluadora interdisciplinaria, que acredita una discapacidad y habilita derechos y prestaciones.
AIE (Acompañante para la Inclusión Escolar)
Profesional externo a la escuela que acompaña a un estudiante con discapacidad en sus actividades escolares, regulado por la Resolución 1001/MEDGC/2025.

Preguntas relacionadas

¿Qué es un asistente celador (ACDM) y cuándo corresponde que un estudiante lo tenga?

Es una figura del sistema educativo, distinta del AIE, que asiste en movilidad, higiene y desplazamiento.

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El Reglamento Escolar define quién puede dar la medicación, y no es cualquiera dentro de la escuela.
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Calendario de inscripción 2027

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  1. Preinscripción

    5 oct al 6 nov 2026
  2. Control documental

    5 oct al 13 nov 2026
  3. Sorteo público

    21 oct 2026
  4. Publicación de asignación de vacantes

    4 dic 2026
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