Ajustes razonables
- Término del glosario
Qué es
Los ajustes razonables son las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que la escuela realiza para que un estudiante con discapacidad, o que requiere apoyos, acceda al aprendizaje y participe en igualdad de condiciones, siempre que no impongan una carga desproporcionada. Están previstos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en la Política de Educación Inclusiva de la Ciudad (Resolución 860/MEDGC/2025).
Ejemplos
- Reorganizar el aula o trasladar actividades a planta baja.
- Adaptar materiales, consignas o tiempos.
- Ajustar la organización de la jornada, sin que eso implique reducirla sin fundamento.
Qué tener en cuenta
Los ajustes pueden ser progresivos o temporarios. Rigen en escuelas estatales y privadas: la necesidad de ajustes razonables no puede ser motivo para negar la inscripción (Ley 2.681). Si la escuela no los realiza, podés pedirlos por escrito y, si no hay respuesta, recurrir a la Supervisión Escolar o a la DGEGP.
- Fuente normativa
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Ley 2.681 (CABA) — Ley de matriculación en escuelas privadas.
Ley 26.378 — Ley que aprueba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Res. 860/MEDGC/2025 — Política de Educación Inclusiva.
Dónde aparece este término
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