¿El seguro escolar cubre el traslado en ambulancia si mi hijo/a se lastima?

Actualizado: agosto, 2026

Cuando un/a estudiante se lastima en la escuela, lo más importante es que reciba atención médica rápidamente. La escuela tiene que actuar de inmediato, avisar a la familia y llamar al servicio de emergencias que corresponda.

RESPUESTA RÁPIDA

Sí. Si un/a estudiante necesita ser trasladado a un centro médico, la escuela tiene que activar el servicio de emergencias. En las escuelas estatales se llama al SAME. En las escuelas privadas se llama al SAME o al servicio de emergencias que tenga la institución. La familia no tiene que organizar por su cuenta el traslado de urgencia.

¿Qué hace la escuela ante un accidente?

La escuela tiene que:

  • asistir al/a la estudiante;
  • llamar al servicio de emergencias;
  • avisar a la familia;
  • registrar lo ocurrido.

La prioridad es la atención médica y el traslado cuando la situación lo requiere.

¿La ambulancia está incluida?

Sí. Cuando el estado del/de la estudiante requiere atención urgente y no se puede resolver en la escuela, el traslado forma parte de la respuesta de emergencia que debe activar la escuela.

¿Qué pasa en las escuelas estatales?

Las escuelas estatales deben llamar al SAME y seguir el procedimiento previsto para estos casos.

Además, tienen que informar a la familia lo ocurrido, registrar el accidente y seguir las indicaciones del equipo médico.

Si el/la estudiante es trasladado antes de que llegue un adulto responsable, un/a integrante del personal de la escuela debe acompañarlo/a al centro de salud hasta que llegue la familia. También se debe informar a qué establecimiento fue derivado.

¿Qué pasa en las escuelas privadas?

Las escuelas privadas también tienen que actuar de inmediato frente a un accidente.

La institución debe comunicarse con el SAME o con el servicio de emergencias que tenga contratado, informar a la familia y seguir las indicaciones del equipo médico.

Si el/la estudiante es trasladado/a antes de que llegue un/a adulto/a responsable, un/a integrante del personal de la escuela debe acompañarlo/a al centro de salud hasta que llegue la familia e informar a qué centro médico fue derivado.

¿La familia tiene que pagar la ambulancia?

No. La familia no tiene que pagar por su cuenta el traslado de emergencia.

¿Qué conviene hacer en el momento del accidente?

1. Confirmar que la escuela llamó al servicio de emergencias

Es importante saber qué servicio intervino y a qué centro de salud fue trasladado el/la estudiante.

Si la familia llega antes que el servicio de emergencias y decide trasladar al/a la estudiante por sus propios medios, la escuela puede solicitar que firme una constancia dejando asentada esa decisión. De esa manera queda registrado que el traslado fue realizado por decisión de la familia.

2. Pedir información sobre lo ocurrido

Conviene solicitar:

  • fecha y hora del accidente;
  • descripción de lo sucedido;
  • servicio de emergencias que intervino;
  • centro de salud al que fue derivado el/la estudiante.

3. Guardar toda la documentación

Si hubo atención médica, es importante conservar:

  • certificados médicos;
  • estudios o indicaciones médicas; 
  • mensajes o comunicaciones de la escuela.

¿Qué conviene evitar?

No conviene:

  • retirarse sin pedir constancias de lo ocurrido;
  • perder los comprobantes relacionados con la atención médica.

¿Qué hacer si la escuela no llamó a la ambulancia?

Pedí una explicación y solicitá que quede registrado por escrito cómo se desarrolló la situación.

También es conveniente conservar toda la documentación relacionada con el accidente, la atención médica y las comunicaciones con la escuela. Esa información puede resultar útil si necesitás realizar una consulta o un reclamo. 

En una frase

Si un/a estudiante se lastima y necesita atención médica, la escuela debe llamar al servicio de emergencias de inmediato. El equipo médico evalúa la situación y decide si hace falta un traslado en ambulancia, mientras la escuela informa a la familia y acompaña al estudiante durante la emergencia.

Qué podés hacer

  1. Confirmá que la escuela llamó al servicio de emergencias
  2. Preguntá qué servicio intervino y a qué centro de salud fue derivado
  3. Guardá certificados médicos, estudios e indicaciones
  4. Conservá los mensajes y comunicaciones de la escuela
  5. Si trasladaste por tus propios medios, guardá la constancia que firmaste

Cuándo consultar y cuándo reclamar

Podés consultar cuando:

  • querés saber qué tiene que hacer la escuela si tu hijo o hija se lastima;
  • no sabés si el traslado en ambulancia queda a cargo de la familia;
  • no sabés qué constancias pedir después de un accidente escolar;
  • tenés otra duda sobre cómo se actúa ante un accidente que no figure en esta lista.

Podés reclamar cuando:

  • la escuela no llamó al servicio de emergencias;
  • tuviste que resolver o pagar por tu cuenta el traslado urgente;
  • no te entregan información ni constancias sobre lo ocurrido;
  • hay versiones distintas e incompatibles de lo que pasó, o se da otra situación parecida que te deja sin respuestas.

Podés pedir una reunión con la escuela para que te expliquen cómo se desarrolló la situación y pedir que quede registrado por escrito. Si no se resuelve, dejá tu reclamo por escrito y acudí a la Supervisión Escolar, que es la instancia superior en las escuelas estatales. En escuelas privadas, podés acudir a la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP)

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El Equipo de la Defensoría está disponible para asesorarte.

ACOMPAÑAMIENTO DE LA DEFENSORÍA

La Defensoría puede asesorarte sobre cómo tenía que actuar la escuela ante el accidente y qué constancias podés pedir. También puede intervenir, tomando contacto con los organismos involucrados, y canalizar tu reclamo si no se activó el servicio de emergencias o si tuviste que hacerte cargo del traslado. No presta servicios médicos ni organiza traslados.

Para que la consulta o reclamo sea más ágil, conviene tener a mano:

  • los datos del/de la estudiante y el nombre de la escuela;
  • la fecha y la hora del accidente;
  • los certificados médicos y los comprobantes de gastos, si los hubo;
  • los mensajes y comunicaciones que recibiste de la escuela.

¿Necesitás hacer una consulta o reclamo?
Podés comunicarte con la Defensoría del Pueblo para recibir orientación o presentar tu reclamo. El trámite es gratuito y no necesitás abogado.

Otras dudas

Sí. Cuando la situación lo requiere, la escuela debe llamar al servicio de emergencias.

La propia escuela, sus autoridades, a través de los canales del SAME.

La escuela también tiene que actuar así. Puede intervenir el SAME o un servicio de emergencias privado.

No. El traslado de urgencia no debe quedar a cargo de la familia.

No. La prioridad es la atención médica. Si la familia no llegó antes que la ambulancia, un docente de la escuela debe acompañar al niño o niña al hospital e informar a la familia a qué centro médico fue trasladado.

Si la familia decide trasladar al/a la estudiante por sus propios medios, la escuela puede solicitar que firme una constancia dejando registrada esa decisión.

Sí. Es importante guardar constancias y conocer cómo actuó la escuela.

Normativa aplicable

A continuación, podés acceder al detalle de la normativa a la que nos referimos para responder esta pregunta:

Res. 218/MEDGC/2026 — Modificación del Reglamento Escolar
Res. 218/MEDGC/2026: modifica el Reglamento Escolar de la Ciudad. Refuerza la asistencia en secundaria y suma la planilla de salud para actividad física.
Ley 1.706 (CABA) — Ley de seguridad en escuelas estatales
Ley 1.706 de la Ciudad: fija lineamientos generales de seguridad en escuelas de gestión estatal, para prevenir accidentes y atender emergencias.
Res. 1445/MEDGC/2025 — Protocolo de accidentes escolares
Res. 1445/MEDGC/2025: protocolo obligatorio en todas las escuelas de prevención, cuidado y actuación ante incidentes o accidentes en actividades educativas.
Res. 2796/MEDGC/2024 — Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria
Res. 2796/MEDGC/2024: aprueba el Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria de la Ciudad de Buenos Aires, vigente desde 2025 y modificado en 2026.

Glosario del artículo

Educación obligatoria
Tramo educativo que el Estado debe garantizar y que en la Ciudad va desde la sala de 4 años hasta completar la secundaria.
Boletín
Instrumento en el que la escuela documenta las calificaciones en primaria y secundaria; en el nivel inicial se usa el informe pedagógico.
Seguro escolar
Cobertura de todas las escuelas de la Ciudad que protege a estudiantes y docentes durante las actividades escolares y extracurriculares autorizadas.
SAME (Servicio de Asistencia Médica de Emergencias)
Servicio de emergencias médicas del Gobierno de la Ciudad que las escuelas estatales activan ante un accidente o una emergencia de salud de un estudiante.
Equipo de conducción
Dirección y vicedirección de la escuela, a cargo de la conducción pedagógica e institucional y primera instancia de las familias para plantear situaciones.
Accidente escolar
Hecho ocurrido durante la actividad educativa que obliga a la escuela a actuar de inmediato, asistir al estudiante y avisar a la familia.

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