Mi hijo se identifica con un género diferente al que se le asignó al nacer. ¿Cómo planteo eso en la escuela?

Actualizado: agosto, 2026

Tu hijo o hija tiene derecho a que en la escuela lo traten conforme a su identidad de género: con el nombre de pila y el pronombre con los que se identifica. No hace falta un cambio en el DNI ni informes médicos o psicológicos. Como persona adulta responsable, podés plantear la situación a la escuela y pedir que se respete ese trato y se cuide la confidencialidad. En esta nota te contamos qué dice la ley, qué incluye el trato digno en la escuela —estatal o privada— y cómo conviene plantearlo paso a paso.

RESPUESTA RÁPIDA

Toda persona tiene derecho a ser tratada según su identidad de género autopercibida (Ley 26.743). En la escuela, eso incluye el uso del nombre de pila y el pronombre elegidos, el acceso a baños acordes a la identidad y la adecuación de la documentación escolar, sin ningún trámite judicial, médico ni administrativo previo. La escuela no puede pedirte el DNI rectificado ni informes para respetar la identidad de tu hijo o hija, y debe cuidar la confidencialidad. Estas reglas valen en escuelas estatales y privadas. Para plantearlo, podés pedir una reunión con la conducción y dejar por escrito lo que acuerden.

El derecho: trato conforme a la identidad autopercibida

La Ley 26.743 reconoce el derecho de toda persona a ser tratada conforme a su identidad de género autopercibida, en todos los ámbitos: educativo, sanitario y administrativo. Ese trato no requiere ningún trámite judicial, médico ni administrativo previo. La escuela no puede exigir un DNI rectificado ni informes médicos o psicológicos para respetarlo.

El Reglamento Escolar 2026 acompaña este marco con sus principios de educación inclusiva (Art. 45) y de respeto y no discriminación (Art. 48), que valen para todas las escuelas de la Ciudad.

El o la estudiante es la persona titular de este derecho, y su voluntad es central. La familia puede plantear la situación a la escuela, acompañar y pedir los ajustes de trato.

Qué incluye el trato digno en la escuela

  • Nombre de pila y pronombre elegidos en el trato cotidiano, dentro y fuera del aula.
  • Adecuación de la documentación y los registros internos de la escuela para que reflejen ese nombre.
  • Acceso a baños acordes a la identidad, como parte del trato digno.

Sobre cómo se organizan los baños y la infraestructura hay un artículo específico que trata esa pregunta en detalle: [Mi hijo se identifica con un género diferente al que se le asignó al nacer. ¿Cómo planteo eso en la escuela?]

Confidencialidad y cuidado

La situación de tu hijo o hija debe tratarse con confidencialidad y sin exponerlo o exponerla  ante terceros. La identidad de género y el trato digno no deben condicionarse a la entrega de ninguna documentación médica ni judicial. 

Cómo plantearlo en la escuela

La mejor manera  es pedir una reunión con la conducción. En esa reunión podés comunicar el proceso que vivió la familia – es importante que la escuela pueda conocer para acompañar – el nombre de pila y el pronombre con los que tu hijo o hija se identifica, y pedir que se usen en el trato diario, que se ajusten los registros internos y que se cuide la confidencialidad. No necesitás presentar DNI ni informes. Conviene dejar por escrito lo que se acuerde, con fecha y copia.

Escuela estatal y escuela privada

Estas reglas valen en ambas gestiones. La escuela privada puede tener su propio ideario, pero no puede condicionar el trato digno ni exigir trámites previos para respetar la identidad de género de tu hijo o hija.

Si algo no se cumple, el reclamo se presenta ante la Supervisión Escolar (escuela estatal) o ante la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP)

Si la escuela no respeta el derecho

Si la escuela sigue usando un nombre distinto del elegido, te exige un DNI rectificado o un informe, expone la situación de tu hijo o hija ante terceros o condiciona el trato digno, podés  dejar constancia escrita de lo ocurrido y presentar el reclamo ante la Supervisión o la DGEGP. También podés consultar a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad.

Qué podés hacer

  1. Conversá con tu hijo o hija sobre cómo quiere ser nombrado o nombrada en la escuela (nombre de pila y pronombre).
  2. Pedí una reunión con la conducción. Podes pedir que participe el equipo de orientación escolar.
  3. Comunicá el nombre y el pronombre elegidos, y pedí que se usen en el trato cotidiano.
  4. Pedí que se ajusten los registros internos y que se cuide la confidencialidad. No hace falta DNI rectificado ni informes.
  5. Dejá por escrito lo acordado, con fecha y copia.
  6. Si no se respeta, presentá el reclamo ante la Supervisión Escolar (estatal) o la DGEGP (privada). También podés consultar a la Defensoría.

Cuándo consultar y cuándo reclamar

Podés consultar cuando:

  • querés saber cómo plantear en la escuela el nombre de pila y el pronombre con los que tu hijo o hija se identifica;
  • tenés dudas sobre qué incluye el trato digno en la escuela, como el uso del nombre elegido, el ajuste de los registros internos o el acceso a baños acordes a la identidad;
  • te pidieron el documento nacional de identidad (DNI) rectificado o un informe médico o psicológico y querés saber si corresponde;
  • tenés cualquier otra duda sobre el derecho a la identidad de género en la escuela, estatal o privada.

Podés reclamar cuando:

  • la escuela sigue usando un nombre distinto del elegido en el trato cotidiano o en sus registros internos;
  • se condiciona el trato digno a la presentación del DNI rectificado, de informes o de cualquier otro trámite previo;
  • la situación de tu hijo o hija quedó expuesta ante terceros y no se cuidó la confidencialidad;
  • se presentó otra situación en la que entendés que no se respetó la identidad de género de tu hijo o hija.

Podés pedir una reunión con la conducción de la escuela para plantear la situación y acordar cómo se va a garantizar el trato conforme a la identidad de tu hijo o hija. Si eso no se resuelve, dejá el reclamo por escrito, con fecha y copia, y presentalo ante la Supervisión Escolar en las escuelas estatales o ante la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP) en las escuelas privadas.

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El Equipo de la Defensoría está disponible para asesorarte.

ACOMPAÑAMIENTO DE LA DEFENSORÍA

La Defensoría del Pueblo puede asesorarte sobre el derecho al trato conforme a la identidad de género autopercibida y las vías para plantearlo, intervenir ante la Supervisión Escolar o la DGEGP cuando no se usa el nombre elegido, se exigen trámites que la ley no pide o no se cuida la confidencialidad, reclamar ante el Estado por esas omisiones y recomendar que se corrijan. No sanciona a la escuela, no ordena medidas disciplinarias ni garantiza un resultado.

Para que la consulta o reclamo sea más ágil, conviene tener a mano:

  • el nombre de pila y el pronombre con los que tu hijo o hija pidió ser nombrado o nombrada;
  • lo que se acordó por escrito en la reunión con la conducción, con fecha y copia;
  • las notas que presentaste y las respuestas que recibiste de la escuela;
  • el nombre de la escuela y el nivel, grado o año de tu hijo o hija.

¿Necesitás hacer una consulta o reclamo?
Podés comunicarte con la Defensoría del Pueblo para recibir orientación o presentar tu reclamo. El trámite es gratuito y no necesitás abogado.

Otras dudas

No. El trato conforme a la identidad autopercibida no requiere ningún cambio registral ni trámite previo.

No. La escuela no puede exigir informes médicos ni psicológicos para respetar la identidad de tu hijo o hija.

Sí. El derecho al trato digno rige en las escuelas estatales y privadas por igual.

El acceso a baños acordes a la identidad forma parte del trato digno. En un artículo  específico trata la organización de los baños en la escuela.

No. La situación debe tratarse con confidencialidad y sin exponer al estudiante.

Pedí una reunión con la conducción, puede participar el  equipo de orientación escolar. Comunicá el nombre y el pronombre elegidos, y dejá por escrito lo acordado.

Dejá constancia escrita y presentá el reclamo ante la Supervisión Escolar (estatal) o la DGEGP (privada). También podés consultar a la Defensoría.

Normativa aplicable

A continuación, podés acceder al detalle de la normativa a la que nos referimos para responder esta pregunta:

Res. 218/MEDGC/2026 — Modificación del Reglamento Escolar
Res. 218/MEDGC/2026: modifica el Reglamento Escolar de la Ciudad. Refuerza la asistencia en secundaria y suma la planilla de salud para actividad física.
Ley 26.743 — Ley de Identidad de Género
Ley 26.743 de Identidad de Género: reconoce el derecho a ser tratado según la identidad de género autopercibida, también en la escuela y con el nombre elegido.
Res. 2796/MEDGC/2024 — Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria
Res. 2796/MEDGC/2024: aprueba el Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria de la Ciudad de Buenos Aires, vigente desde 2025 y modificado en 2026.

Glosario del artículo

DGEGP (Dirección General de Educación de Gestión Privada)
Dirección del Ministerio de Educación de la Ciudad que supervisa las escuelas privadas incorporadas a la enseñanza oficial y actúa como instancia de reclamo.
Educación de gestión privada
Educación que brinda una institución privada con proyecto propio, incorporada a la enseñanza oficial y controlada por el Estado a través de la DGEGP.
EOE (Equipo de Orientación Escolar)
Equipo interdisciplinario del sistema educativo que orienta y acompaña las trayectorias escolares en los niveles inicial y primario, asesorando a docentes y equipos de conducción.
Trato digno
Derecho a ser tratado con respeto a la propia identidad, que en la escuela incluye el uso del nombre y el pronombre elegidos.
Nombre de pila elegido
Nombre con el que una persona se identifica y pide ser nombrada, que la escuela debe usar sin exigir un cambio registral.
Identidad de género autopercibida
Vivencia interna del género tal como cada persona la siente, que puede o no coincidir con el sexo asignado al nacer (Ley 26.743).

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Cómo se hace

Calendario de inscripción 2027

Inscripción 2026 para el ciclo lectivo 2027.

  1. Preinscripción

    5 oct al 6 nov 2026
  2. Control documental

    5 oct al 13 nov 2026
  3. Sorteo público

    21 oct 2026
  4. Publicación de asignación de vacantes

    4 dic 2026
  5. Período de reclamos sobre la asignación

    Fecha no publicada

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