Continuidad educativa
C
- Término del glosario
En palabras simples
Significa que tu hijo o hija tiene derecho a seguir yendo a la escuela pase lo que pase. Ninguna situación, ni una sanción, ni una falta de vacante, puede dejarlo fuera del sistema educativo. Si tiene que dejar una escuela, el Estado debe garantizarle un lugar en otra.
Qué es
La continuidad educativa es el derecho del estudiante a sostener su escolaridad, con los acompañamientos que necesite. Ninguna situación puede dejar a un estudiante fuera del sistema educativo. La Ley 223 de la Ciudad (art. 12, texto consolidado por la Ley 6.764) establece que, cuando un estudiante es separado de una escuela, el Gobierno de la Ciudad debe garantizar su continuidad educativa en otra.
Dónde se pone en juego
- En las sanciones: ninguna puede implicar la exclusión del sistema educativo.
- En la asignación de vacantes: la falta de vacante no puede dejar a un estudiante sin escolaridad obligatoria.
- En situaciones de acoso, internación, mudanza o dificultades familiares, que requieren acompañamiento para que el estudiante siga aprendiendo.
Qué tener en cuenta
Cuando la continuidad está en riesgo y no hay orientación suficiente sobre los pasos a seguir, la Defensoría del Pueblo puede asesorar y reclamar ante las autoridades.
- Fuente normativa
Ley 6.764 (CABA) — Texto consolidado de las leyes de la Ciudad.
Ley 223 (CABA) — Ley de Convivencia Escolar.
Dónde aparece este término
Preguntas del sitio que explican o mencionan «Continuidad educativa».
Términos relacionados
- ¿Te quedó una duda sobre esto?